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Date Posted: 19/09/08 6:21
Author: Luis - Madrid
Subject: Re: Una duda
In reply to: Irving 's message, "Una duda" on 14/09/08 21:51

Hola Irving,

Disculpe por la tardanza en mi respuesta.

Hay una nota de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, muy interesante que reproduzco en su totalidad:

24 de Septiembre de 1985

Excelentísimo Señor,

Hace algunos años, ciertos grupos eclesiales multiplican reuniones para orar con la intención de obtener la liberación del influjo de los demonios, aún cuando no se trate de exorcismo propiamente dicho. Tales reuniones son efectuadas bajo la dirección de laicos, inclusive cuando está presente un sacerdote.

Dado que la Congregación para la Doctrina de la Fe ha sido interrogada a respecto de qué pensar delante de tales hechos, este Dicasterio juzga necesario transmitir a todos los Ordinarios la siguiente respuesta:

1. El canon 1172 del Código de Derecho Canónico declara que a nadie es lícito realizar exorcismo sobre personas posesas, a no ser que el Ordinario del lugar haya concedido licencia peculiar y expresa para ello (1º). Determina también que esta licencia sólo puede ser concedida por el Ordinario del lugar a un presbítero piadoso, docto, prudente y con integridad de vida (2º). Por consiguiente, los Sres. Obispos son invitados a urgir la observancia de tales preceptos.

2. De estas prescripciones, se sigue que no es lícito a los fieles cristianos utilizar la fórmula de exorcismo contra Satanás y los ángeles apóstatas, contenida en el Ritual que fue publicado por orden del Sumo Pontífice León XIII; mucho menos les es lícito aplicar el texto entero de este exorcismo. Los Sres. Obispos traten de amonestar a los fieles a este propósito, siempre que haya necesidad.

3. Por fin, por las mismas razones, los Sres. Obispos son solicitados a velar para que —aún en los casos que parezcan revelar algún influjo del diablo, con exclusión de la auténtica posesión diabólica— personas no debidamente autorizadas no orienten reuniones en las cuales se hagan oraciones para obtener la expulsión del demonio, oraciones que directamente interpelen los demonios o manifiesten el anhelo de conocer la identidad de los mismos.

La formulación de estas normas de ningún modo debe disuadir a los fieles de rezar para que, como Jesús nos enseñó, sean libres del mal (cf. Mt 6,13). Además de eso, los Pastores podrán valerse de esta oportunidad para recordar lo que la Tradición de la Iglesia enseña a respecto de la función propia de los Sacramentos y a propósito de la intercesión de la Bienaventurada Virgen Maria, de los Ángeles y de los Santos en la lucha espiritual de los cristianos contra los espíritus malignos.

Aprovecho la oportunidad para expresar a Vuestra Excelencia mis sentimientos de estima, mientras le quedo siendo dedicado en el Señor.

Joseph Card. Ratzinger
Prefecto

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Sin embargo la Iglesia recomienda utilizar las oraciones de la liturgia como una forma de adentrarnos en el misterio de Cristo a través de la meditación de sus misterios.

A los laicos nos es lícito meditar sobre dichas oraciones pero en ningún caso nos es lícito emplearlas, aunque sea de forma privada, para expulsar a los demonios o contrarrestar su poder.

Los laicos disponemos de la oración de liberación, tenemos los sacramentos, la intercesión de los santos, sacramentales, etc. e incluso en algún momento concreto podemos usar (sin abusar) el mandato (Vade retro).

Que Dios le bendiga

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